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Pasos para cancelar un embargo /Subasta

9 junio, 2015 por prestamosrapidos 18 Comments

Lo primero que tienes que saber antes de nada es que no es lo mismo un embargo que una subasta. Las fases son muy diferentes. Para empezar el embargo se lo pueden hacer a cualquier persona haya firmado un préstamo sin aval o con aval (vehículo, inmueble) o por cualquier otra deuda resultando embargadas cuentas corrientes, nomina, pensión así como cualquier otra cosa que el deudor pudiera tener a su nombre. No obstante no todos los embargos acaban en subasta pues para poder llegar a este punto hace falta que al deudor se le embargue algún bien que pueda ser subastado (vehículo, inmueble)

En cuanto a los acreedores que pueden embargar pues realmente puede ser cualquiera. Es habitual que cuando una persona piensa en embargos y subastas lo primero en lo que se ponga  pensar es en un banco o establecimiento financiero de crédito tradicional, sin embargo tienes que saber que uno de los acreedores que mas suelen llegar a embargo es hacienda y seguridad social.

De hecho según las estadísticas son los primeros en embargar a los deudores, y por supuesto, los mas rápidos.

Es más, estos dos organismos son con casi seguridad las entidades que mas embargan al final del año a sus deudores entre otras cosas por como realizan dichos embargos. Por ejemplo, cuando hacienda quiere embargar alguna cantidad y no puede embargar ningún bien del deudor al no disponer de él es muy habitual que para embargar cuentas corrientes ni tan siquiera avisen a su deudor del procedimiento que se va a llevar a cabo contra él.

La razón por la cual se actúa así es ni más ni menos para que al deudor no le tiempo de sacar el dinero que tiene en las cuentas y evitar así el futuro embargo.

La propia administración del estado es la primera que reconoce el porqué de esta forma de actuar.

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Así pues, con el objetivo de poder dar solución a aquellos clientes que por alguna razón están inmersos en una situación de este tipo desde Grupo Avanza nuestro objetivo hoy es la de explicar que puedes hacer para eliminar estos problemas y como debes de hacerlo. Al menos si quieres hacer las cosas bien porque si lo quieres hacer mal realmente no tienes que hacer nada, solo esperar a que te embarguen junto con los gastos generados en la reclamación.

❶ Cancelar embargos con la entidad bancaria: Si estas en una situación de este tipo el tiempo corre en tu contra. Es así porque a medida que va pasando el tiempo los gastos por el préstamo impagado irán aumentando mes tras mes pudiendo incrementarse en más de la mitad del capital pendiente. Es por ello que desde Grupo Avanza solemos recomendar a los clientes que tienen alguna dificultad para poder pagar un préstamo que lo primero que hagan sea la de comunicar esta situación a su entidad financiera para ver las opciones que estas nos pueden plantear. Os puedo asegurar que los bancos lo último que desean es ejecutar o proceder a un embargo porque eso les acarrea también gastos, en consecuencia siempre estarán abiertos a negociar (dentro de lo razonable) cualquier situación imprevista de este tipo.

Otra cosa es que el cliente quiera negociar con la entidad bancaria pasados ya meses desde que se produjo el impago. Aquí ya el cliente lo tiene bastante mas complicado y además por razones obvias.

¿Por qué un banco va a querer negociar con un cliente el cual se ha pasado 6-7-8 meses sin dar señales de vida ocasionando gastos en la entidad bancaria? Es uno de los errores habituales y por los cuales muchos embargos al final acaban en subasta cuando lo curioso es que se podían haber solventado de manera amistosa sin necesidad de llegar a subasta el bien inmueble.

Nuestra recomendación aquí seria de la cancelar el préstamo bancario mediante un préstamo de capital privado. Otra cosa es que haya o no margen para plantear la operación.

❷Cancelar embargos con la seguridad social o hacienda: Aquí pasa de igual manera que cuando es hacienda, que al embargar y subastar tan rápido estos dos organismos el cliente tiene poco tiempo como para poder resolver su problema. En estos casos es evidente porque los préstamos de capital privado son la opción ideal, por rapidez.

Nosotros por ejemplo tenemos un préstamo especifico hecho para cancelar deudas con hacienda y seguridad social con lo cual ya os podéis imaginar cómo estos préstamos tienen bastante demanda en el mercado.

¿Cuanto se tarda en levantar un embargo?

Este plazo depende del acreedor que es quien tiene que hacer las gestiones para efectuar la cancelación. Por cierto, dadas las complicaciones existentes lo ideal al levantar embargo judicial es dejar que lo realice el propio acreedor y ejecutante.Es a quien  además se lo tenemos que reclamar una vez solventada la deuda.

¿Qué pasos tiene que seguir el cliente para cancelar un embargo?

Pues realmente no son muy complicados, tan fácil como llamar al acreedor sea quien sea (hacienda, seguridad social, banco, otro acreedor) y preguntarle directamente que es necesario para poder cancelar el embargo. Casi todos en estos casos dirán que el pago de la deuda por lo que ante esta respuesta vosotros como clientes lo que tendréis que hacer será pedir que os emitan una carta de pago para proceder a la cancelación de su deuda.

En dicha carta de pago se incluirá no solo la información del acreedor y el capital que hay que cancelar sino que además habrá que sumarle la cuenta corriente o donde se tendrá que proceder al pago.

En caso de que estemos ya en un proceso de subasta si se realiza a través de juzgado tendremos que acudir directamente al juzgado para cancelar la subasta aportando el capital que nos están reclamando.

Si a pesar de esta explicación aun tienes dudas sobre cómo resolver un embargo/subasta que tienes encima tuyo lo mejor es que contrates algún profesional para que te gestione directamente esto.

Analista en Préstamos rápidos

Filed Under: Cancelar Embargos, Embargos Hacienda, Préstamo cancelar deudas Tagged With: cancelar deudas con hacienda, cancelar deudas con seguridad social, créditos rápidos, Pasos para cancelar un embargo /Subasta, préstamo cancelación deudas, Préstamos rápidos, Préstamos urgentes

Comments

  1. jose says

    29 septiembre, 2016 at 15:54

    sobre el pago de alquiler, por falta de liquidez

  2. pepa says

    14 septiembre, 2017 at 10:30

    estoy embargada de aquí a unos meses , es un embargo judicial por unos destrozos en una casa en la cual se acordó un pago de 3 personas , el cual no fue asumido y eso a terminado en embargo. Quería saber como solucionar el embargo , no tengo trabajo y me gustaría negociar lo que puedo pagar , yo no me niego a pagar lo único que seria una cantidad acorde a mi situación económica , me gustaría saber con quien tengo que negociar con el banco para la solución del embargo o mediante el proceso judicial , acercarme a los juzgados y negociar? gracias por la atención!!!!

  3. prestamosrapidos says

    14 septiembre, 2017 at 11:47

    Buenos días Pepa, la deuda la tiene con el banco o quien es el acreedor?

    Saludos

  4. maria says

    14 noviembre, 2017 at 14:23

    el banco me ha embargado las ayudas que me han ofrecido para mi casa y para comer quisiera que me la quiten es lo único que tengo no tengo nada por favor.

  5. prestamosrapidos says

    15 noviembre, 2017 at 12:37

    Buenos días Maria, no entiendo lo que quiere decir, ¿Que necesita?

    Saludos

  6. Sylvia says

    28 noviembre, 2017 at 10:24

    Buenos dias: estoy divorciada y vamos a vender mi hermano, madre y yo un piso de herencia de mi padre. Una parte la tengo embargados por una deuda de mi ex marido que pago a hp y me reclamó la mitad. Se le va a dar un cheque por su valor. Como debo yo proceder al levantamiento de embargo en la nota simple? O debe ser el. Que documentos se requieren. El banco del comprador me retiene una provisión de 600€ hasta que se levante. Gracias un saludo.

  7. prestamosrapidos says

    29 noviembre, 2017 at 12:04

    Buenos días Silvia, lo puede hacer usted sin problema. Aunque todo depende de si pagas a la empresa acreedora antes o después de la venta.

    Si tienes el dinero ya lo que harás en notaria cuando vendas el inmueble es aportar carta de pago del acreedor en donde se diga que dicha deuda (la cual figura embargando la propiedad) fue cancelada.

    De esa forma podéis hacer la cancelación registral sin ningún tipo de problema,

    Saludos

  8. Rosa says

    16 enero, 2018 at 15:36

    Buenas tardes. Me ha llegado un aviso de mi banco de que el juzgado me ha embargado una cantidad muy importante de mi c/c.
    Realmente no sé todavía la causa. Puede ser de una deuda muy antigua que contraje con una persona que me avaló un préstamo, y a la cual he ido abonando en el tiempo, dispongo de comprobantes que lo justifican….Que debo hacer para paralizar dicho embargo???? Muchas gracias

  9. prestamosrapidos says

    17 enero, 2018 at 10:55

    Buenos días Rosa, ¿Esa cantidad que le han embargado es mayor de lo que usted debe actualmente a esa persona?

    En caso de ser más y siempre que sea por ese motivo aporte usted los justificantes y ya esta,

    Seguramente el acreedor al meterlo en el juzgado habrá incluido el total de la deuda sin descontar lo que usted ha ido aportando,

    Saludos

  10. Anonimo says

    1 febrero, 2018 at 19:30

    Hola. Me ha llegado un documento de propuesta de embargo de una procuradora de BBVA al juzgado,por unos impagos de letras del vehiculo. Me han echo pensionista y ahora si podria hacer frente a los pagos puntualmente. Tengo que acercarme al juzgado para decir la relacion de bienes, tendria posibilidad de ofrecer mi pension integra para que no me quiten el vehiculo ni molesten al avalista? O una vez me ha llegado no se puede negociar? Gracias

  11. prestamosrapidos says

    2 febrero, 2018 at 13:05

    Buenos días, eso depende, por norma general lo que suelen hacer es intentar embargar según la rapidez que obtienen. Con la pensión podrán embargar pero de forma lenta, por el contrario a lo mejor sobre vehículo o con cuentas bancarias cobran al instante.

    Generalmente buscan la rapidez pero bueno puedes consultarlo.

    Saludos

  12. Angel says

    5 febrero, 2018 at 14:10

    Buenos días, tengo una deuda con la s.s. tenia una retencion en la nomina con lo que iva pagando cada mes pero al finalizar el contrato de trabajo me han descontado la retención de la nomina donde me pagaban el finiquito 119.90€ como cada mes pero al ingresar el cheque del finiquito me lo han quitado todo se han cobrado el total de la deuda 1936€ y me han dejado a penas para pagar el piso no tengo ni para ir andando… les he mandado nominas comprobantes bancarios ect.. mi pregunta es que posibilidades tengo de que me levanten el embargo y que tiempo tardan aprox.

    De antemano gracias.
    Saludos.
    Angel

  13. Angel says

    6 febrero, 2018 at 10:17

    Ya me han echo el levantamiento del embargo. Un saludo

  14. prestamosrapidos says

    8 febrero, 2018 at 13:15

    Perfecto Angel,

    Saludos

  15. prestamosrapidos says

    8 febrero, 2018 at 13:19

    Buenas tardes Angel, si ya le han cobrado la deuda el levantamiento se lo quitan rápido,

    Saludos

  16. bogdan says

    4 marzo, 2018 at 23:30

    Hola tengo una deuda con la seguridad social y tengo una retención en la nomina y estoy pagando mes a mes todo bien hasta que empezo a ingresar la nomina en una cuenta y ahora tengo la cuanta embargada no se si es legal embargar la cuenta si yo estoy pagando mes a mes

  17. prestamosrapidos says

    5 marzo, 2018 at 15:23

    Hola Bogdan, si es legal pues aunque tengas un acuerdo de pago si ven tu puedes coger dinero de la cuenta lo hacen.

    Saludos

  18. jorge says

    4 abril, 2018 at 15:02

    Buenas tardes, tengo una furgoneta que ya la tenia vendida pero cuando fuimos a hacer un permiso provisional para que el comprador pudiera circular con ella nos dicen que no la pueden hacer por haber un embargo sobre el vehículo,mi sorpresa es que el embargo sale del año 2010 y en el 2012 se le vendió a un segundo en subasta y este a mi en el año 2013 y ademas sin ningún problema ya que pudimos hacer un provisional. ¿porque sale ahora esto después de tantos años? que debo hacer para poder vender el vehículo? muchisimas gracias

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